El Partido Colorado pidió la exclusión de los candidatos a miembros de mesa presentados por la Concertación Frente Guasu en los 19 distritos del Departamento Central. Según los fundamentos del pedido, las personas propuestas por la FG están en el padrón liberal y, por eso, no tienen derecho a integrar las mesas. El conflicto tiene su base en la múltiple afiliación. Muchos colorados, liberales e izquierdistas figuran en el padrón de varios partidos.
Luis Fernando Canillas, Julio Mallorquín y Derlis Nicolichia aparecen como los apoderados firmantes de lo que jurídicamente denominan “incidente de tacha de candidatos a miembros de mesa”.
La ANR fundamenta su demanda en el artículo 177 del Código Electoral que establece que las mesas receptoras de votos estarán integradas por tres miembros nombrados por el juez electoral de entre los candidatos propuestos por los partidos políticos con mayor número de bancas en el Congreso, pero sin que pueda estar en la misma mesa más de un miembro del mismo partido político.
Según los fundamentos expuestos por los apoderados mencionados, las alianzas o las concertaciones deben proponer candidatos a miembros de mesa de los partidos que la componen.
El juez electoral de Central, Alcides Bobadilla, debe resolver el incidente en las próximas horas porque los plazos apuran. Según el cronograma electoral, los Juzgados Electorales de todo el país tienen tiempo para designar a los integrantes de las mesas receptoras de votos hasta el 31 de octubre.
Desde el 2 al 6 de noviembre, los Juzgados Electorales notificarán a los apoderados de las diferentes agrupaciones políticas que pugnarán por cargos municipales, sobre la nómina de miembros que integrarán las mesas.
La notificación de los miembros de mesa es una novedad para las elecciones municipales próximas. En comicios anteriores, los partidos proponían el nombramiento de candidatos a miembros de mesa, y muchos de ellos se ausentaban.
Esta situación hacía que rápidamente se debía reemplazar a los ausentes. Para evitar este percance, el TSJE dispuso la notificación previa al miembro de mesa designado. La persona que acepta ejercer la función, tendrá responsabilidad de funcionario público y puede ser multado si no se presenta al local de votación a cumplir con sus tareas el 15 de noviembre.
Una vez designadas, el ejercicio de la función es obligatorio e irrenunciable. En caso de incumplimiento, los designados como miembros de mesa incurrirán en grave falta y serán sancionados con una multa de treinta a sesenta jornales mínimos para actividades diversas no especificadas.
Los candidatos a miembros de mesa recibieron charlas de capacitación de los técnicos de la Justicia Electoral.























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