Un total de 6.570 kilos de azúcar cayó en comiso en el departamento de Alto Paraná, durante los controles realizados por agentes del Departamento Técnico Aduanero de Vigilancia Especial (Detave), en el transcurso de una semana de trabajo.
Según se informó, las tareas de verificación de mercaderías en tránsito efectuadas por agentes del Detave, dependiente de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), y a través de operativos móviles, se realizó en diversos puntos del departamento.
En este sentido, en un operativo móvil llevado a cabo en la zona de influencia de Ciudad del Este, se incautaron 1.980 kilos del citado edulcorante, en tanto que en fiscalizaciones realizadas en el puesto del Kilómetro 60 del Este se decomisaron 2.340 kilos del producto.
Asimismo, en el puesto aduanero de Hernandarias se retuvieron 1.050 kilos de azúcar y en el puesto de control de Tavapy cayeron en decomiso 1.200 kilos de azúcar, totalizando de esta manera 6.570 kilos del referido rubro. La carga fue derivada hasta la administración aduanera local para la apertura del sumario administrativo correspondiente, conforme al procedimiento de rigor.
Estas acciones se ejecutan en el marco del plan de lucha contra el ingreso ilícito de productos, que encara el Gobierno Nacional, a través de la Unidad Interinstitucionalpara la Prevención, Combate y Represión del Contrabando (UIC), integradas por la Dirección Nacional de Aduanas, la Policía Nacional, los ministerios de Industria y Comercio, Interior, Defensa Nacional, la Armada Nacional y la Secretaría Nacional Antidrogas.
Detalles
El régimen de pacotilla vigente en nuestro país, permite a cualquier ciudadano hacer compras para consumo particular hasta US$ 150 mensuales, es decir alrededor de Gs. 645.000 al cambio actual.
Los productos que están excluidos del régimen de pacotilla son: carne, leche, yoghurt, manteca, queso, huevo, miel, yerba mate, azúcar, prendas de vestir, calzados y productos frutihortícolas.
El régimen de pacotilla vigente fue sancionado en 2002 y en él se establece el monto de 150 dólares mensuales, y el cumplimiento de varios requisitos para la importación, especialmente lo referente a alimentos y productos sujetos a control fitosanitario por parte del Senave.
El Decreto Nº 17.428 / 02 establece que las mercaderías ingresadas al amparo de este régimen deberán consumirse exclusivamente en la zona fronteriza, que estará constituida por una franja de hasta 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional.
Para el ingreso de las mercaderías será exigible la presentación ante las autoridades aduaneras de la Factura Comercial, Nota Fiscal o documento equivalente, según lo estipula la ley.




























Facebook Comentarios