El 1 de abril entró a regir el nuevo Régimen de Turismo

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A partir de 01 de abril entró en vigencia el Decreto 6649/2016 que fuera reglamentado por el Decreto 108/2017 de fecha 20 de marzo del 2017. La disposición establece nuevas exigencias a las empresas que quieran operar bajo este régimen impositivo creado especialmente para el comercio de frontera.

 

El 01 de abril de 2017 se inicia el nuevo registro de todas las empresas que están hoy registradas con el anterior decreto. Todas las empresas tienen tiempo de inscribirse hasta el 17 de abril.  Este es el plazo para presentar la solicitud de inscripción ante la SET (Subsecretaría de Estado de Tributación), según el  artículo  7 del Decreto 108.  

La SET tendrá un plazo de 10 días hábiles para aceptar o rechazar el registro. La comunicación será realizada vía correo electrónico del contribuyente.  En este periodo la empresa seguirá importando por el mismo registro, con los beneficios del decreto 6.406/05.

Con el registro en la SET, se procede a renovar el registro de importador donde va constar que la empresa es beneficiaria del Régimen de Turismo (RT).  Ya no se expiden certificado de distribuidor, pues es un único registro para todas las empresas.

Igualmente se aplicará como su nombre lo dice, para comercializar exenta de IVA, al consumidor final no residente en el país. Si la venta se realiza a una empresa extranjera, la venta será gravada con 10%.

La comercialización entre empresas acogidas al mismo régimen, será gravada por el IVA del 1,5% o sea el IVA tributado en aduanas por decreto 6.406 debe contabilizarse como crédito fiscal indistinto, pues afecta a mercaderías que pueden ser vendidas tanto en exenta como gravada del 10% o gravada del 5% y al momento de su venta a empresas del mismo régimen se debe repasar.

A partir del 1 de abril de 2017, todas las ventas a empresas acogidas al mismo régimen debe estar gravada con 1,5% de IVA, así también las compras que realizan en mercado local estará gravada por IVA 1,5%.

 

Solo desde la semana pasada está habilitada en la página de la SET Marangatu el nuevo formulario para la inscripción y desde esta semana  está habilitada en la página del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), pues se debe contar con una constancia del MIC y otra de aduanas.

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