Pedir indemnización a vecinos por venta mutua de energía paraguaya

148

Escribe: Luis Alen.

La interconexión de energía que realizan Argentina y Brasil en la estación de Garabí posee componentes de electricidad pertenecientes a Paraguay en las represas de Yacyretá e Itaipú, por lo que el Gobierno nacional debería solicitar la indemnización correspondiente, en opinión de destacados analistas energéticos.

Las empresas energéticas operadoras de los vecinos obtienen ganancias extraordinarias con los precios que rigen en dicho intercambio, comparando con el beneficio irrisorio que implica el bajo costo que se aplica en las dos centrales binacionales para compensar al Paraguay.

En el caso que tanto Argentina como Brasil se nieguen a satisfacer la justa demanda paraguaya, el Gobierno de Asunción deberá acudir a la Corte Internacional de Justicia de La Haya para solicitar el justo resarcimiento.

Se podría aducir por parte de los vecinos que la energía paraguaya que va a la Argentina y al Brasil se mezcla con la procedente de otras fuentes de generación en los sistemas interconectados de ambos países, pero las pruebas hablan por sí solas, respecto a que tanto el SADI argentino como el ONS brasileño reciben porcentajes de energía cedida por el Paraguay según los tratados vigentes, y que son perfectamente cuantificables para solicitar la reparación.

Tratados leoninos

Los Tratados de Itaipú y Yacyretá impiden al Paraguay vender sus excedentes energéticos y lo obligan a cederlos a precio de costo a la Argentina y al Brasil. Pero los técnicos nacionales han demostrado que los dos vecinos han estado intercambiando energía paraguaya de ambas centrales a través del convertidor de frecuencia de Garabí, a orillas del río Uruguay en Rio Grande do Sul y construido en su frontera común con ese exclusivo propósito.

Por su parte, el fallecido Dr. Gustavo de Gásperi había señalado que el hecho resulta ilícito por abuso de derecho y que se debe reclamar la indemnización.

La reclamación se debe realizar sobre la base del derecho a la libre disponibilidad de la energía eléctrica y el precio justo, que son los puntos principales  del reclamo a los gobiernos vecinos, por lo que una consecuencia es tener acceso a los mercados eléctricos regionales para comercializar los excedentes energéticos a precio de mercado.

Si este derecho implica la denuncia de los tratados y acto seguido acudir a La Haya, es atribución exclusiva y soberana del Gobierno del Paraguay, argumentan los expertos.

Sin embargo, todo parece indicar que nuestros vecinos han optado por seguir utilizando los recursos paraguayos para obtener el máximo provecho en detrimento de nuestro país, dilatando también el acceso del Paraguay a los mercados regionales de energía eléctrica, siempre escudados en los leoninos tratados de Itaipú y Yacyretá.   

 

En la actualidad, el tratado de Itaipú obliga al Paraguay a ceder su energía eléctrica no utilizada al Brasil al precio de costo de generación y con bajísima compensación por cesión de energía, que fue objeto de revisión en 2009 en el acuerdo Lula-Lugo.

Y luego de la firma de este acuerdo quedó sellado que el Paraguay podrá disponer de su energía para la venta a terceros países sólo el año 2023, fecha en que se terminará de pagar la deuda de la hidroeléctrica y se podrán revisar los términos del tratado.

 

De la misma forma, el Tratado de Yacyretá también obliga al Paraguay a ceder su energía no utilizada a la Argentina al precio de costo de generación. Luego, la Nota Reversal de 1992 fijó el precio de la energía de Yacyretá por debajo del costo de producción, generando el aumento desmesurado de la deuda, triplicándola en menos de 15 años. Hasta ahora no existe una definición de cómo pagar la deuda y mucho menos la posibilidad de que el Paraguay pueda disponer, en el corto plazo, de su energía generada en Yacyretá para su venta a terceros países.    

Facebook Comentarios

Compartir